Denuncia de la Convención Americana de Derechos Humanos



El documento donde Venezuela comunica su decisión de abandonar el Sistema de Protección de Derechos Humanos en el continente finalmente comienza a circular, después de un casi completo silencio. El oficio No. 000125 de fecha 6 de septiembre de 2012, recibido en la Secretaría General de la OEA el 10 de septiembre siguiente, es un nuevo capítulo en la historia del Derecho Internacional venezolano y en particular en la denuncia de los tratados. El documento de 10 páginas y un anexo de 23 páginas tratan de explicar la posición del Gobierno Bolivariano de Venezuela.
Tratemos de hacer un breve análisis del documento. Para comenzar, la denuncia es un acto unilateral del estado, según la Convención de Viena en la materia de 1969 y como tal no requiere de argumentación. Sin embargo, la Doctrina Bolivariana en la materia ha ido convirtiendo estos documentos en memoriales de agravios cada vez mayores, comenzando con la denuncia de la Comunidad Andina que tenía 3 paginas.
El oficio suscrito por el canciller Maduro podría dividirse en 4 grandes secciones: 1. La argumentación de Derecho Interno, 2. La falta de idoneidad del mecanismo, 3 Los casos que provocaron la salida y 4. Los efectos del mismo. Veamos brevemente.
En primer lugar, afirma el oficio que la Constitución Venezolana de 1999, “consagra de manera aún más amplia los derechos humanos y las libertades y las garantías fundamentales”. Según la comunicación, esto le hecho “le da autoridad moral y política” al país para denunciar su participación en el sistema.
En segundo lugar, el Gobierno Bolivariano considera que el Sistema se ha convertido en un “arma arrojadiza destinada a minar la estabilidad de determinados gobiernos, y especialmente el nuestro”. En sentido, afirma que el proceso de fortalecimiento en pleno desarrollo en estos momentos y en el cual nuestro país participa, “de nada ha servido”.  
Según el oficio, el Sistema que Venezuela “se mantiene en profundizar” es el mecanismo universal del Consejo de Derechos Humanos de la ONU. Es importante recordar que en Marzo pasado el mismo Gobierno se manifestó en contra de sus recomendaciones.
En tercer lugar, el oficio señala los siguientes casos como la materialización de la conducta, “irregular”, “vergonzosa”, “absurda” e “ilegitima” por solo nombrar algunos de los adjetivos utilizados en la comunicación:  “Luisiana Rios, Gabriela Perozo vs Venezuela”, “Allan Brewer Carias vs. Venezuela”, “Leopoldo Lopez vs Venezuela”, “Uson Ramirez vs Venezuela”, “Raul Diaz Peña vs. Venezuela”. En el anexo se menciona además el caso “Apitz, Barvera vs. Venezuela”.
Por último, los efectos serían según explica el oficio, denunciar la Convención y retirar la competencia de la Comisión Interamericana y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Esto documento deberá ser aceptado y notificado por el Secretario General de la OEA a la comunidad estados interamericanos y será quien explique los alcances jurídicos de la misma. Mientras tanto, nos queda 11 meses y unos cuantos días para intentar cualquier procedimiento. Luego ya se verá.

Comentarios

francy gil ha dicho que…
excelente todo este contenido, soy estudiante de derecho en la universidad yacambu- nucleo araure. estoy realizando mi trabajo de grado, sobre la denuncia a la convencion americana de derechos humanos. me gustaria y le agradeceria, cualquier ayuda sobre el tema...