La Carta Democratica Interamericana, la OEA y Venezuela


La situación venezolana escala en importancia y se convierte en un tema de debate hemisférico en el seno de la OEA y de repercusión mundial, tal como se pudo ver en la entrevista del Presidente Obama y el Presidente del Gobierno Español Rajoy. 

La llegada del nuevo Secretario General de la OEA, Luis Almagro, electo con el apoyo del Gobierno Bolivariano, cambió la forma política como se aborda el tema en la organización.

Desde la perspectiva técnica, los diversos órganos de la OEA han venido presentando los problemas que el gobierno en Venezuela ha venido acumulando en el área de Derechos Humanos. Primero las misiones de observación electoral, que señalaban los problemas en las elecciones;  luego la Comisión Interamericana, señalando los más diversos aspectos de deterioro de la situación de cumplimiento tanto en Informes país como en sus informes anuales. Sin embargo, la Secretaría General bajo el Chileno José Miguel Inzulza durante una década, no le dio el respaldo político que la situación pareciera haber requerido. Quizás la situación no se habría deteriorado tanto.

El nuevo Secretario General Luis Almagro, quien fuera electo más por ser el Ministro de Relaciones Exteriores del Presidente Mujica, que por sus propias credenciales o experiencia personales, dejó claro desde el principio que quería distanciarse de su predecesor, especialmente en el caso venezolano. En primer lugar, anunció que quería darle a la OEA el papel preponderante en el continente y además que sería incomodo para los gobiernos. Y en el caso del Gobierno Bolivariano de Venezuela, se cumple a cabalidad.

El Secretario Almagro anunció, desde el inicio, que Venezuela estaba en su agenda y con ella la puesta en vigencia de la Carta Democrática por segunda vez desde su aprobación.
La Carta Democrática es un mecanismos de protección de la democracia, que contempla una serie de medidas, que van desde la suspensión de la Organización de Estados Americanos en un extremo de golpe de estado, hasta el establecimiento de un mecanismo de monitoreo y evaluación de la situación. Eso es lo que esta sucediendo en el caso venezolano.

La sesión del Consejo Permanente que permitió que el Secretario General presentará el Informe previsto en la Carta Democrática Interamericana el 23 de junio de 2016, inició el proceso de colocar a la democracia venezolana en el centro de la observación del continente.  El mapa de ruta fue ya aprobado por consenso, donde el Revocatorio y la libertad de los presos políticos están como elementos claves. El dialogo con mediadores es la formula, no la solución. El resultado no debería variar.

Venezuela nuevamente bajo la Carta Democrática y veremos, como el Secretario Almagro y la OEA, se encargarán de recordarlo permanentemente. 

Publicado en El Venezolano CR en Julio 2016.

Comentarios

Ana Rosa ha dicho que…
Ante la actual "denuncia" de la Carta de la OEA por la Canciller venezolana, observamos que ello corresponde más bien a un acto caprichoso, venal, y de oportunismo político, al igual que cuando HCF "denunció" el Acuerdo de Cartagena y "decidió" unilateral, inconsulta y personalmente la salida de Venezuela de la Comunidad Andina de Naciones. La Asamblea Nacional, en aquel entonces bajo la presidencia de Nicolás Maduro, en un silencio cómplice, no fijó posición alguna para preservar el respeto del rango de ley constitucional de los tratados y acuerdos internacionales suscritos por la República, debidamente aprobados por el Poder legislativo. Desde este punto de vista, ambas actuaciones de "denuncia" pudieran ser calificadas de imprevistas, inconsultas, improvisadas y de retaliación política.

Debería la Asamblea Nacional venezolana solicitar a la OEA la desestimación de tal solicitud inconsulta y negadora del sistema de derecho venezolano que considera los tratados como leyes de rango constitucional - sin menoscabo de la primacía de la constitución -, siendo que la misma Constitución venezolana establece de hecho una protección del tratado para su cumplimiento al erigirlo en ley y establecer incluso que no pueden ser sometidos a referéndum abrogatorio ratificando así su rango superior a la Ley ordinaria.

Tal “denuncia” como acto aislado de la Cancillería o la Presidencia, no puede ser justificada en la aplicación analógica del art. 236, Núm. 4 (son atribuciones del Presidente celebrar y ratificar tratados…), por cuanto no resulta de la misma esfera de competencias el acto de la iniciativa de leyes y decretos (campo analógico de esta norma del art. 236), por comparación con el acto de abrogación de una Ley, como consecuencia lógica y directa del acto de la denuncia de un tratado.

Siendo que los principios de derecho son fuente legal en Venezuela, especialmente ante lagunas de la ley formal; en virtud del principio de derecho que establece que "las cosas se deshacen de la misma manera como se hacen", la denuncia de un tratado exige entonces la actuación necesaria del Poder Legislativo Venezolano, ya para una aprobación a posteriori de la iniciativa del Ejecutivo, o incluso para una actuación previa de autorización del Ejecutivo a la denuncia de una "ley de rango constitucional", tal cual ha sido estipulado expresamente en sistemas jurídicos hermanos, que han legislado para enmarcar legalmente las condiciones de terminación de los tratados internacionales, evitando así la actuación arbitraria del Ejecutivo, como en el caso de España y Argentina entre otros. De no ser así, nos encontraremos con una “Ley” venezolana de aprobación de la carta de la OEA, vigente en Venezuela, mientras que el tratado ha sido arbitraria e ilegítimamente denunciado para su terminación por la ciudadana “cancillera”. Esto seria así, porque mal puede estimarse que el Ejecutivo venezolano pueda derogar las leyes con actuaciones unilaterales e inconsultas, ya que esto sería de marras una evidente actuación de usurpación de poderes.

Desde otro punto de vista, podríamos incluso pensar en la necesidad de la convocatoria de una consulta popular para que el pueblo venezolano, detentador originario de la soberanía, en un acto de ejercicio directo y participativo, se pronuncie sobre su voluntad de separarse o no de la OEA.

En cualquier caso, la denuncia de un tratado escapa bajo todo razonamiento jurídico, al tratamiento que se le ha dado bajo la administración venezolana chavista, de una actuación unilateral, autónoma e inconsulta del Ejecutivo.

Podrían estos argumentos justificar una intervención de la Asamblea Nacional ante la OEA?

Agradezco su amable e ilustradora opiniôn.