La OEA, unos pocos.


¿Pueden algunas partes del todo pesar mas que el resto del sistema?, ¿Puede una mayoría circunstancial contar mas que el todo? Estas y muchas otras preguntas vienen a mi mente, una y otra vez al ver la acción de los estados del hemisferio representados en el Consejo Permanente de la OEA.

Desde el año 2002, la OEA viene haciendo un seguimiento de la situación venezolana. El 13 de abril del 2001 se resolvió aplicar la Carta Democrática Interamericana para facilitar el proceso de dialogo mediante la Resolución No. CP/RES. 811 (1315/02) y desde ese año hasta el presente, todos los órganos han hecho un llamado a desarrollar el dialogo en Venezuela.  El último informe país sobre Venezuela, por parte de uno de los órganos principales de la OEA, como es la Comisión Interamericana señalaba lo siguiente:  “La Comisión identifica aspectos que restringen el pleno goce de los derechos humanos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Entre otros, la CIDH analiza una serie de condiciones que evidencian la falta de una efectiva separación e independencia de los poderes públicos en Venezuela. La Comisión también refiere que en Venezuela no se ha garantizado a todas las personas el pleno ejercicio de sus derechos con independencia de su posición frente a las políticas del gobierno.(…) Asimismo, la CIDH determina la existencia de un patrón de impunidad en los casos de violencia, que afecta de manera particular a los comunicadores sociales, los defensores de derechos humanos, los sindicalistas, las personas que participan en manifestaciones públicas…”
En el último informe presentado por esa misma Comisión Interamericana, coloca a Venezuela en observación en virtud de su Reglamento señalando que “…la Comisión ha identificado situaciones estructurales como las modificatorias normativas que implican restricciones legales y administrativas que afectan el goce y disfrute de los derechos humanos” 

Y finaliza el Informe  recomendado “Garantizar el pleno ejercicio de los derechos políticos a todas las personas, independientemente de su posición frente a las políticas del gobierno y adoptar las medidas necesarias para promover la tolerancia y el pluralismo en el ejercicio de los derechos políticos” y luego recomienda “Abstenerse de ejercer represalias o utilizar el poder punitivo del Estado para intimidar o sancionar a personas en virtud de su opinión política y garantizar la pluralidad de espacios para el ejercicio democrático, incluyendo el respeto a las movilizaciones y protestas que se llevan a cabo en ejercicio del derecho de reunión y manifestación pacífica.”


Entonces, si la opinión de la OEA han sido los informes que diagnostican las circunstancias que culminarían en las decenas de muertos que enlutan las familias venezolanas, ¿por qué un pequeño grupo de países puede paralizar un proceso?, ¿por qué un pequeño grupo de países bloquea la justicia continental?

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